Facturación DGII
Facturación electrónica DGII: qué es y cómo funciona para tu negocio
Qué es el e-CF, quién está obligado, los plazos y la prórroga vigente, y los pasos para empezar a facturar electrónicamente en República Dominicana.
En resumen
- La facturación electrónica es obligatoria en República Dominicana por la Ley 32-23, para todo el que venda bienes o preste servicios.
- El comprobante se llama e-CF: se genera, se firma con un certificado digital y se envía a la DGII.
- Los pequeños y micro tenían hasta el 15 de mayo de 2026, con una prórroga automática de seis meses: hasta el 15 de noviembre de 2026.
- Para emitir necesitas RNC, clave de la Oficina Virtual, certificado digital y un sistema de facturación (propio, de un proveedor o el Facturador Gratuito).
- Una factura de consumo menor de RD$250,000 se reporta a la DGII como resumen; desde ese monto se envía completa.
Qué es la facturación electrónica
La facturación electrónica es la forma de emitir comprobantes fiscales en formato digital, con validez ante la DGII. En vez de imprimir un comprobante con un NCF de talonario, tu sistema genera un archivo electrónico, lo firma con tu certificado digital y lo envía a la DGII.
Ese comprobante se llama e-CF (comprobante fiscal electrónico) y su número es un e-NCF, que empieza con la serie E. Por eso vas a ver nombres como E31 o E32: la E es la serie y el número es el tipo de comprobante.
Quién está obligado
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica, promulgada el 16 de mayo de 2023, hace obligatorio el uso de la factura electrónica. Aplica a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, domiciliadas en República Dominicana que vendan bienes o presten servicios, cobren o no por ellos.
En la práctica, si tienes un salón, un spa, una barbería o una clínica y emites comprobantes fiscales, la ley te incluye. Lo que cambia según el tamaño de tu negocio es la fecha límite.
Plazos y prórroga vigente
La ley dio plazos escalonados según la clasificación de la DGII. Así están a la fecha de esta guía:
| Contribuyente | Plazo original | Situación actual |
|---|---|---|
| Grandes nacionales | 12 meses (2024) | Ya deben emitir e-CF |
| Grandes locales y medianos | 15 de mayo de 2025 | Desde el 1 de noviembre de 2026 solo pueden emitir e-CF; los comprobantes «B» valen hasta el 31 de octubre de 2026 (Aviso 14-26) |
| Pequeños, micro y no clasificados | 15 de mayo de 2026 | Prórroga automática de seis meses desde el 15 de mayo de 2026, es decir, hasta el 15 de noviembre de 2026 (Aviso 06-26) |
| Negocios que se inscriben en el RNC después | — | 120 días desde la inscripción |
La prórroga de 2026 para pequeños y micro se concedió de forma general: no hay que solicitarla. Además, la ley permite pedir una prórroga individual, única, de hasta 120 días, con al menos 30 días de anticipación al vencimiento.
Tipos de e-CF
La DGII define diez tipos de comprobante electrónico. Un negocio de servicios usa sobre todo los dos primeros y la nota de crédito:
| Tipo | Nombre | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| 31 | Factura de Crédito Fiscal Electrónica | Cuando tu cliente te da su RNC para deducir |
| 32 | Factura de Consumo Electrónica | La venta normal a un consumidor final |
| 33 | Nota de Débito Electrónica | Para aumentar el monto de una factura ya emitida |
| 34 | Nota de Crédito Electrónica | Devoluciones, descuentos o anulaciones |
| 41 | Comprobante Electrónico de Compras | Compras a proveedores que no emiten comprobante |
| 43 | Comprobante Electrónico para Gastos Menores | Gastos pequeños del negocio |
| 44 | Comprobante Electrónico para Regímenes Especiales | Ventas a zonas francas y otros regímenes |
| 45 | Comprobante Electrónico Gubernamental | Ventas al Estado |
| 46 | Comprobante Electrónico para Exportaciones | Ventas al exterior de bienes |
| 47 | Comprobante Electrónico para Pagos al Exterior | Pagos a proveedores de otros países |
Qué necesitas para empezar
- RNC y clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV) de la DGII.
- Alta de NCF.
- Certificado digital para procedimiento tributario, a nombre de una persona física. Se compra en entidades autorizadas por INDOTEL: Avansi, la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y Novosit.
- Un sistema de facturación que genere, firme y envíe los e-CF.
- Estar al día con tus obligaciones tributarias.
Cómo convertirte en emisor electrónico
La DGII autoriza a cada negocio como emisor después de un proceso de certificación. Resumido, son cuatro etapas:
- Solicitud: en la Oficina Virtual creas tu postulación como emisor electrónico.
- Set de pruebas: tu sistema emite comprobantes de prueba y la DGII valida los datos, la representación impresa y la comunicación.
- Declaración jurada: confirmas ante la DGII que cumples los requisitos.
- Certificación y autorización: la DGII te autoriza y desde ahí emites e-CF reales.
Las tres formas de emitir
Según la DGII, puedes emitir con un sistema desarrollado por tu empresa, con el de un proveedor o con el Facturador Gratuito que ofrece la propia DGII.
El Facturador Gratuito se solicita en la Oficina Virtual, emite todos los tipos de e-CF y no tiene límite de monto por factura, pero está pensado para alrededor de 150 facturas al mes. También exige certificado digital. Es una buena opción si facturas poco y no necesitas que la factura salga de tu sistema de ventas.
Cómo funciona una venta con e-CF
- Cobras al cliente y eliges el comprobante: consumo (32) o crédito fiscal (31) si te da su RNC.
- Tu sistema genera el e-CF, lo firma con tu certificado y lo envía a la DGII una vez emitido.
- Le entregas al cliente la representación impresa, en papel o por correo. Siempre lleva un código QR que permite verificar el comprobante.
El resumen de las facturas de consumo
Las facturas de consumo menores de RD$250,000 no se envían completas: se reportan a la DGII como un resumen (RFCE). Desde RD$250,000 se envían completas. En los dos casos guardas el e-CF y entregas la representación impresa. Para un salón o un spa, casi todas las ventas caen en el primer grupo.
Qué pasa si no cumples
La Ley 32-23 lista las infracciones, entre ellas no usar factura electrónica, no tener certificado digital o no enviar los comprobantes a tiempo, y las sanciona según el Código Tributario (Ley 11-92). La DGII lo recuerda en sus avisos sobre los plazos. Para saber cuánto te costaría a ti, consulta con tu contador.
Cómo lo resuelve AgendApp
AgendApp es un sistema de citas y punto de venta para salones, spas y clínicas que emite el e-CF desde la misma venta. Cuando cobras la cita, eliges el comprobante y AgendApp lo firma, lo envía a la DGII y guarda la respuesta.
- Factura de consumo (32) y de crédito fiscal (31) desde el punto de venta.
- Nota de crédito (34) cuando haces una devolución.
- Resumen automático de las facturas de consumo menores de RD$250,000.
- NCF tradicional (B01 y B02) mientras todavía no emites e-CF.
La facturación electrónica viene en el plan Business. Puedes probar AgendApp 14 días gratis, sin tarjeta.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el e-CF?
Es el comprobante fiscal electrónico de la DGII. Se genera, se firma con un certificado digital y se envía a la DGII de forma electrónica, en lugar de imprimir un comprobante con NCF de talonario.
¿Hasta cuándo tienen plazo los pequeños y micro negocios?
Su plazo original era el 15 de mayo de 2026. La DGII dio una prórroga automática de seis meses contados desde esa fecha, es decir, hasta el 15 de noviembre de 2026.
¿La facturación electrónica es obligatoria para un salón o un spa?
Sí. La Ley 32-23 alcanza a toda persona o empresa en República Dominicana que venda bienes o preste servicios. Cambia solo la fecha límite según tu clasificación en la DGII.
¿Puedo usar el Facturador Gratuito de la DGII?
Sí. Se solicita en la Oficina Virtual y emite todos los tipos de e-CF. Está pensado para alrededor de 150 facturas al mes y necesita certificado digital.
¿Dónde compro el certificado digital?
En las entidades autorizadas por INDOTEL: Avansi, la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y Novosit.
¿Tengo que enviar cada factura de consumo a la DGII?
Las menores de RD$250,000 se reportan en un resumen (RFCE); desde ese monto se envían completas. En los dos casos guardas el e-CF y entregas la representación impresa al cliente.
Fuentes
- Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Preguntas frecuentes e-CF generales (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Aviso 06-26, prórroga para pequeños y micro contribuyentes (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Aviso 14-26, grandes locales y medianos (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Preguntas frecuentes del Facturador Gratuito (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Preguntas frecuentes de la Factura de Consumo Electrónica (abre en una pestaña nueva)
- DGII: Comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) (abre en una pestaña nueva)